¿Cooperativa de Trabajo Asociado para emprender?

Nov 5, 2024 | actualidad, emprendes.net

¿Sois dos o más de dos?  Sí, seguid leyendo…

¿ os gusta trabajar en equipo, apostáis por las personas y su aportación de trabajo y no queréis que sea el dinero aportado  el que “otorgue” el poder de decisión ? Sí, seguid leyendo..

Ya os podéis plantear el modelo cooperativo de trabajo asociado como forma jurídica para emprender… comienza la aventura de descubrir qué es esto de una Cooperativa de trabajo asociado, cómo se pone en marcha,  la diferencia con la sociedad limitada,  las ventajas, dificultades y características.

Os ayudamos en:

  EmprendeCOOP, un espacio de información, orientación, formación y acompañamiento gratuito para emprender en colectivo, impulsando el modelo de  Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA).

Pide cita escribiendo a :  reasaragon@reasnet.com  o  llamando al 622485970

Y si sólo quieres resolver algunas dudas, escribe y os mandamos enlace para las próximas píldoras formativas online.

(proyecto financiado por Ayuntamiento de Zaragoza)

La fórmula cooperativa ofrece una serie de ventajas. Por un lado, derivadas de un modelo propio de organización interna basado en los principios en los que basa su filosofía:

  • Es una fórmula de empleo estable: las personas se unen para satisfacer sus necesidades de trabajo en las mejores condiciones posibles.
  • Es una empresa democrática donde las decisiones se toman de manera igualitaria (1 persona = 1 voto).
  • Las personas socias aportan capital y trabajo: Por eso existe mayor motivación e identificación con la empresa y su futuro.
  • Posee un modelo de organización flexible, que permite la autorregulación de acuerdo con las necesidades de la actividad y de las personas socias
  • Es una fórmula empresarial en expansión que ofrece grandes posibilidades y ventajas a las personas que buscan una alternativa de autoempleo para abrirse camino profesionalmente.

Además, las cooperativas de trabajo cuentan con ventajas y ayudas específicas por su especial consideración en la Constitución Española (129.2)

  • Permite a las personas que vayan a ser socias, capitalizar el 100% de la prestación por desempleo a la que tengan derecho de una vez para aportarlo como capital social de la CTA y cuotas de la SS.
  • Es la única forma de empresa que permite elegir el Régimen de Seguridad Social (General, RETA…) de las personas socias
  • Poseen un Régimen Fiscal propio que les ofrece importantes beneficios en el IAE, ITPAJD y en el Impuesto de Sociedades
  • La responsabilidad de las personas socias está limitada a las aportaciones al capital social